SOBRE LAS CONVERSIONES…
La
siguiente transcripción es una carta escrita por Rabí Abraham Itzjak haCohen
Kuk, quien fuera Jefe del Tribunal Rabínico de Jerusalem y Gran Rabino de Eretz
Israel. Escrita hace 90 años, el 10 de Abril de 1928. Y plenamente vigente hoy
día, dados los problemas que se suscitan con conversiones al judaísmo en forma
incorrecta y temeraria.
Dice así:
9
de Nissan de 5688.
Me
ha llegado su carta, y su libro Diber Shaúl en donde resalta su esfuerzo de
eliminar escollos en la senda de nuestro pueblo, en relación a la aceptación de
conversos, que son aceptados por personas inescrupulosas, de manera
indiscriminada, y que contradice a la Torá. Y sobre esto dijeron nuestros
Sabios en el Tratado de Yebamot 109b, que el mal acompañará a aquellos que
INDUCEN a no judíos a convertirse, o que los reciben inmediatamente. Pero, si
se esfuerzan en convertirse se los acepta, si es que se aprecia que se
convierten sinceramente para servir a Di-s. Pero aquellos que aceptan conversos
que se acercan al judaísmo por asuntos materiales, realizan algo extremadamente
negativo, el mal los perseguirá, pues conversos de este tipo son peor para
Israel que la lepra, y ellos traen espinas al viñedo de la casa de Israel.
Y
ya expresaron explícitamente nuestros Sabios en el Tratado de Berajot 30b, un
no judío que está dispuesto a recibir toda la Torá, con la excepción de algo,
se lo acepta y Ri Bar Ri agrega incluso si se trata de un pequeño detalle de
origen rabínico. Así que, ¿cómo es posible aceptar conversos cuando se sabe
fehacientemente que después de su conversión, van a transgredir las palabras de
la Torá? Y a pesar de que los legisladores no escribieron en los códigos
legales esta ley, de todos modos se trata de una Mishná y nadie la discute, por
lo menos a la primera parte de la Mishná que sostiene que aquel que acepta toda
la Torá, exceptuando una parte de la misma, no se lo acepta como converso.
Y
a pesar de que es aceptada la opinión que sostiene que todos los conversos,
aunque su conversión haya sido interesada, como en el caso de un hombre que
estuvo interesado en una mujer judía, o una mujer que estuvo interesada en un
hombre judío, de todos modos su conversión es válida, aunque en un principio no
debían ser aceptados. Esto solo se explica cuando la conversión fue completa, y
el converso se comprometió a cumplir mitzvot, y comenzó a observarlas más; pero
cuando no se convirtieron por completo, es decir no hubo cumplimiento de
mitzvot y además tampoco el deseo de convertirse fue desinteresado [o sea había
un interés en particular], en ese caso no se considera en absoluto que hubo
conversión. Y así se entiende también del lenguaje de Rambam y del Shuljan
Aruj.
Además esas personas que aceptan semejantes conversos, transgreden la prohibición de: “Delante del ciego no coloques escollos”, por cuanto que en estos casos no se considera en absoluto que hay conversión; provocan que muchas personas se equivoquen considerando a no judíos como judíos, y muchos problemas pueden surgir de aquí en todo lo relacionado al derecho de familia; y si en realidad se consideran conversos, están obligados a cumplir toda la Torá. Los que los aceptan son responsables de hacerlos merecedores de grandes castigos por las transgresiones que cometen, ya que antes de convertirse no estaban obligados a cumplir con esos mandamientos, y por lo tanto no iban a ser castigados por su incumplimiento, como nos indica el Talmud en el Tratado de Yebamot 47a: que se le informa al candidato a la conversión el castigo por el incumplimiento de los mandamientos, y se lo advierte que antes de la conversión, si come grasa prohibida no es castigado con el cercenamiento de su alma; y si profana el Shabat no es castigado con lapidación, después de convertirse, si es merecedor de estos castigos. Y la obligación de “no poner escollos delante de ciegos” rige incluso con no judíos, como está escrito en el Tratado de Avodá Zará, que está prohibido entregar un miembro de un animal vivo a un no judío para que lo coma, puesto que lo induce a realizar una prohibición.
Por
consiguiente hizo bien su excelencia, y los rabinos que lo apoyan al decretar
la completa prohibición de aceptar conversos en … [me reservo el nombre del
país].
Y aquel que desea sinceramente allegarse a la santidad de Israel, que se dirija a la Ciudad Santa de Jerusalem, y allí el Tribunal Rabínico investigará si su deseo de conversión es sincero, de manera que estemos seguros de que van a cumplir con la Torá, como se comprometen a hacerlo en la conversión; y que entren realmente bajo las alas de la Presencia Divina, y felicitaciones a su excelencia por mantenerse como firme custodia de la Santidad, eliminando los peligros destructivos que amenazan la Santidad de Israel y su Torá.
Y aquel que desea sinceramente allegarse a la santidad de Israel, que se dirija a la Ciudad Santa de Jerusalem, y allí el Tribunal Rabínico investigará si su deseo de conversión es sincero, de manera que estemos seguros de que van a cumplir con la Torá, como se comprometen a hacerlo en la conversión; y que entren realmente bajo las alas de la Presencia Divina, y felicitaciones a su excelencia por mantenerse como firme custodia de la Santidad, eliminando los peligros destructivos que amenazan la Santidad de Israel y su Torá.
Y
por intermedio de la presente misiva doy mi consentimiento al decreto de su
excelencia y me sumo a los demás eruditos que también dieron su aprobación a
este gran decreto [en contra de las conversiones] en la República de …
Que
Di-s lo ayude en todo. Envío mi bendición desde el monte de Santidad. Desde
Jerusalem.
R” Abraham Itzjak haCohen Kuk.
R” Abraham Itzjak haCohen Kuk.
…
Y agrego: ¡Cómo son las cosas! Esta carta no pierde vigencia… Hoy todo esto se
hace conforme a lo que la gente le viene en gana, sin importar las
consecuencias.
Cortesía Rabino Saul Wigoda